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CUESTIÓN DE JUSTICIA ii

 

EL NUEVO REAL DECRETO DE PRESCRIPCIÓN ENFERMERA. ¿EN QUÉ AYUDA A LOS PACIENTES?


Recientemente se ha publicado el Real Decreto 1302/2018, de 22 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 954/2015, de 23 de octubre, por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros, entrando en vigor el pasado 24 de octubre.


Este Real Decreto intenta cumplir con dos objetivos: de un lado entendiendo que las actuaciones de indicación, uso y autorización de dispensación por las enfermeras, y permítanme en este caso utilizar el femenino como neutro, porque sin duda se lo tienen muy bien ganado; respecto de determinados medicamentos sujetos a prescripción médica, se desarrollan con un marcado carácter colaborativo y con la finalidad de tratar de garantizar la continuidad asistencial y la seguridad de cualquier paciente. Por otro lado, se modifican los requisitos exigidos a las enfermeras para obtener la acreditación, de modo que además de la titulación correspondiente se exigirá una experiencia profesional mínima de un año o, en su defecto, la superación de cursos de adaptación adecuados ofrecidos por la Administración sanitaria.


En todo caso, la indicación, uso y autorización para la dispensación de medicamentos sujetos a prescripción médica, por parte de las enfermeras y enfermeros, se verá condicionada, en los términos que establezca cada protocolo y guía de práctica clínica y asistencial, tanto en el ámbito de los cuidados generales como en el de los cuidados especializados, que apruebe la Comisión Permanente de Farmacia del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud validados por la Dirección General de Salud Pública, Calidad e Innovación del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social.


Establece el Real Decreto que será en los protocolos y guías de práctica clínica y asistencial donde deberá figurar necesariamente aquellos supuestos específicos en los que se precisa la validación médica previa a la indicación enfermera, junto con las actuaciones que, en el ámbito de sus respectivas competencias, el personal médico y enfermero habrá de llevar a cabo colaborativamente en el seguimiento del proceso.


Una vez establecido a grandes rasgos cuales son las aportaciones de este Real Decreto, la pregunta que debemos hacernos es en qué ayuda a los pacientes. La norma establece una mayor seguridad jurídica a la profesión enfermera en la dispensación de medicamentos que ya manejaban anteriormente, lo cual, sin duda, supone un mayor beneficio para el paciente, porque se gana en mejor atención, ya que no podemos olvidar que son las enfermeras aquellas profesionales que pasan más tiempo acompañando al paciente en todos los procesos asistenciales.


Igualmente, el Real Decreto establece unos requisitos de acreditación, tanto de conocimientos y experiencia, para que una enfermera pueda dispensar medicamentos; lo cual redunda en la ya magnífica competencia profesional por parte de las enfermeras y que en definitiva supone mayor seguridad para el paciente.


Por tanto, este Real Decreto debemos considerarlo en un marco de regulación de ordenación de las profesiones sanitarias, donde se beneficia la enfermería de una evidente mayor seguridad jurídica y una mayor autonomía que naturalmente es siempre bienvenida con objeto de favorecer que el proceso asistencial sea más operativo, ágil y eficiente. Como ejemplo de ello, podemos significar que salvo en aquellos casos en los que un paciente, en atención a sus condiciones particulares, precise de una valoración médica individualizada, la administración de las vacunas contempladas en el calendario vacunal y aquellas tributarias de campañas de salud que se determinen por las autoridades sanitarias, podrán ser administradas por enfermeras.


En cualquier caso, solo cabe felicitarse por el reconocimiento que la norma hace a las enfermeras, ampliando sus funciones y clarificando el estatuto de la profesión. Probablemente cuando se habla de las bondades de nuestro sistema de salud, pocas veces nos acordamos de la extraordinaria labor de todas las enfermeras que acompañan, serenan, consuelan, asisten y, en definitiva, CUIDAN del paciente. Es por ello, que no podía pasar la oportunidad que la publicación de este Real Decreto me brindaba, para, además de analizar su repercusión en el paciente; homenajear y reconocer la ímproba labor de nuestras enfermeras, agradeciendo y engrandeciendo su labor, recordando la frase de la escritora Mónica Dickens, bisnieta de Charles Dickens, en la que aseguraba que “la enfermería es como una manía, una fiebre en la sangre, una enfermedad incurable que una vez contraída no se puede curar. Si no fuera así, no habría enfermeros”.

Alvaro Lavandeira Hermoso

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